- El establecimiento no contaba con la Licencia Ambiental de Funcionamiento.
Silao, Gto., a 16 de diciembre de 2020.- La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT), clausuró un horno utilizado para fundir tabique, al no acreditar la licencia para llevar a cabo dicha actividad.
Tras una visita al horno ladrillero, ubicado en la comunidad La Aldea, Inspectores de la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial detectaron algunas irregularidades entre ellas la falta de la Licencia Ambiental de Funcionamiento (LAF).
Los encargados de la ladrillera no presentaron la licencia correspondiente, por lo que colaboradores de la Dirección de Ecología, elementos de Seguridad Pública de Silao e inspectores ambientales de la PAOT procedieron con la diligencia correspondiente.
En el lugar se colocaron sellos con folios 1841, 18842 y 1843, mismos que sólo podrá retirar personal de la PAOT autorizado, luego que el responsable del establecimiento acredite la documentación correspondiente.
La Licencia Ambiental de Funcionamiento, es un mecanismo de Gestión Ambiental que permite regular fuentes fijas de jurisdicción estatal en cualquier empresa que emita olores, gases, o partículas sólidas o líquidas, a la atmósfera y debe tramitarse cuando se llevan a cabo procesos industriales o artesanales como elaboración de cerámica, alfarería o ladrillos, entre otros productos.
De acuerdo a sus atribuciones de inspección y vigilancia, la PAOT, lleva a cabo operativos de clausura, en los diferentes sectores de la industria en el estado y ha trazado un plan de acción para facilitar y alentar a las empresas en el cumplimento voluntario de la normativa ambiental vigente.
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