Por Eugenio Amézquita Velasco
El día de hoy se conmemoran 454 años de que se emitiera la cédula de la fundación de Celaya. El 1o. de enero de 1571, se ejecuta dicha cédula y se cristaliza la fundación.
Para llegar a esta fundación, se realizaron visitas previas a lo que sería el sitio de la fundación, y de ello se narra a través de este fragmento del dictamen enviado al Virrey Almanza, por el capitán Don Francisco de Sandi, sobre la fundación de la villa de españoles que se iba a efectuar en el Mezquital de Apaseo. El documento en cuestión se encuentra en el título de Tierras, Volumen 674, del Archivo General de la Nación.
El dictamen enviado al Virrey
"...el río junto a la población tiene mucho pescado y muchos cedros y sabinos y diferentes árboles para madera y muy buena tierra y aparejo para hacer adobes y cerca piedra donde se puede hacer cal, las tierras fértiles, puédese
sacar el río de Apaseo a dar en el de San Miguel más arriba para que el agua regase mucha más tierra; el asiento de la villa tracé como va en el auto y envié a Vuestra Excelencia el proceso y todo para que mande lo que fuere servido".
"Convendrá Vuestra Excelencia mande que los vecinos del mezquital que están esparcidos se junten y congreguen a la villa con pena; y porque el ancón que hace el río de San Miguel se tiene por mejor tierra y dicen los labradores que está mal trazada y ocupada, se reparta bien teniendo respeto a los más antiguos poseedores como lo que sobrase se pueda dar a los que agora van a ser, se comenzará a medir por la banda de Chamacuero y para en caso que lo de agora esté como convenga se ha de dar a los vecinos que piden agora de nuevo como baja de las caballerías que disque tiene Artiaga hasta dar en la villa y dar con el río de San Miguel y con los labradores que agora están".
"De manera que las suertes lleguen todas a descabezar al río y vayan hacia el poniente, las demás suertes que faltaren se darán desde la villa el río debajo de esta banda del norte. Esto es sin perjuicio de nadie; y de la otra banda del sur del río están estancias de Bernardino de Bocanegra allí se puede dar una legua de tierra que tenga un cuarto de legua de ancho ende con el río para dehesa y propios de la villa y para potrero que esté cercado donde anden caballos sin que los lleven las yeguas cimarronas".
"Entre los dos ríos y la acequia que ha de venir del río de Apaseo al de San Miguel se hace una isla estanciera o dehesa del común para bueyes de arado. Toda la demás tierra es común en esta Nueva España, que todos la puedan pascer con sus ganados, y porque podría ser inconveniente haber estancia cerca de la villa, mandará Vuestra Excelencia que una legua dentro en ella por ninguna banda pueda haber estancia asentada aunque bien podrán dormir dentro de ella los ganados de los vecinos".
"Mandará Vuestra Excelencia dar a esta Villa jurisdicción civil y criminal mero mixto imperio cinco leguas a la redonda de cada banda. En estos ríos hay mucha comodidad para hacer molinos, dará Vuestra Excelencia merced a quien los pidiere y convendría que sea a los vecinos. A cada vecino le mande Vuestra Excelencia dar dos caballerías de tierra y una suerte para huerta y otra para viña y un solar para casa de la cual convendrá darles traza que sigan precisa porque serán mejores los edificios de los vecinos que allí se poblarán. Van en esta otra plana, por orden se les irá haciendo la merced".
"Las huertas se harán de la villa para abajo, ende con el río en unas vegas y allí también las viñas. Más largo escribo en otra carta a Vuestra Excelencia mi Señoría Ilustrísima y muy Excelentísima persona casa y estado de Vuestra Excelencia. Guarde y aumente como sus servidores desean."
"De San Miguel, 11 de Septiembre de 1570 años.—Ilustrísimo y muy Excelentísimo Señor.—Besa las manos a Vuestra Excelencia su servidor el doctor Francisco Sandi. Los vecinos que han de ir al mezquital, a quien se les ha de dar tierras según Vuestra Excelencia ordenare son:
Juan Rengell Núñez
Alonso Ortiz.
Diego Juárez.
Francisco Ortiz.
Juan Freyre.
Domingo de Silva.
Lope García.
Gonzalo Jorge.
Miguel Muñoz.
Juan Gallego.
Francisco Páez.
Diego Pérez Lemus.
Juan Martín.
Francisco Ramírez.
La Viuda de Beleño.
Alonso Quesada.
Basco Domínguez.
Cristóbal Sánchez Carbajal.
Domingo Marín.
Juan Franco.
Francisco Ramos Adalid.
Alonso Ramírez de Artiaga.
Rodrigo Contreras.
Antón García Maldonado.
Cristóbal Carballo.
Martín Sigura.
Juan Sánchez Sevillano.
Blas de Truxillo.
El Licenciado Castañeda.
Rodrigo de Acosta.
Martín Hernández.
Martín Alonso.
Lázaro Páez.
Lino Camacho.
Son xxxv vecinos".
Con este antecedente, un mes después se obtiene el Ordenamiento otorgado por el Virrey Don Martín Enríquez de Almanza con fecha 12 de octubre de 1570, para que con el nombre de "Nuestra Señora de la Concepción de Zalaya", se funde una villa de españoles en el Mezquital de Apaseo". Este documento consta en el título de Tierras, Volumen 2680 del Archivo General de la Nación.
Rúbrica del Virrey Martín Enríquez de Almanza |
El texto del Ordenamiento
"Don Martín Enríquez, Visorrey, Gobernador, Capitán por Su Majestad en esta Nueva España y Presidente de la Audiencia Real que en ella reside. Por cuanto por ciertos hombres españoles que dicen tener labranza en el mezquital de Apaseo, me fue hecha relación que en el dicho mezquital hay tierra cómoda e de disposición para fundar en ella una villa de españoles, a los cuales se le pueda dar tierras de riego y sequedad para en que sembrar trigos, maíz, viñas, olivares y otras cosas; y solares y suertes de tierras para huertas, y estará en comarca donde se proveerán de bastimentos las minas de Guanajuato y Zacatecas y las villas de San Felipe y San Miguel y otras partes, de que redundará gran bien, y que por ser tierra segura donde antes estaban levantados y rebelados del servicio de Su Majestad los indios chichimecos, guachichiles y guamares y de otras naciones, fundándose la dicha villa sería mucha causa para pacificar los dichos indios y asegurar los caminos en que había más de 40 hombres españoles casados de acuerdo para la poblar y vivir y residir en ella, y me pidieron mandase fundar la dicha villa y dar título de ella con las preeminencias justas que desean tener y se han dado a las demás villas que en este reino se han fundado, y que ellos irían a poblar y vivir en ella debajo de las condiciones que para el asiento y perpetuidad de ella se expidiere; y por mí se sometió a Juan de Torres Alcalde Mayor de las minas de Guanajuato, comarcanas al dicho mezquital, que viere la parte y lugar donde se podría fundar la dicha villa, y sería conveniente y necesario al servicio de Su Majestad, pacificación de los dichos indios y seguridad de los caminos, que se fundase, y de se fundar, si vendría daño o perjuicio que fuese bastante que no conviniere hacerse, el cual sería de ello y de cierta contradicción que Gaspar de Salvago hizo diciendo ser en perjuicio de ciertas estancias suyas, y hizo ciertas diligencias y averiguaciones, las cuales con su parecer invió ante Mí, por mí vistas; atento que el doctor Francisco de Sandi, Alcalde de esta Corte y Chancillería y Teniente de Capitán General anda en la dicha comarca en castigo y pacificación de los dichos indios alzados, le volví a someter el dicho negocio de que viese la parte y lugar donde más cómodamente y sin menor perjuicio se podría fundar la dicha villa, y la señalase y trazase señalando sitio para iglesia, plaza, casas de cabildo y solares para los vecinos, y dehesa y ejido y otras cosas; el cual así mismo en razón de lo susodicho, hizo otras diligencias y averiguaciones, las cuales por su parecer invió ante Mí, por lo cual consta y parece conveniente y necesario al servicio de Dios Nuestro Señor y de Su Majestad y común utilidad que se hiciere y fundase la dicha villa en el dicho mezquital, cerca de donde se juntan los ríos de San Miguel y Apaseo, en una tierra arenisca y un poco alta, en el término de unas estancias del dicho Gaspar Salvago que llaman del río, el cual no tendría de la población más daño que el del valor del sitio de la dicha estancia, porque el ganado no estaba allí aquerenciado sino en otras estancias muchas que tenía cuatro leguas de allí, el cual dicho sitio de estancia se le podría pagar por él hasta cuatrocientos o quinientos pesos de oro común que averiguó por información poder valer, y que la dicha parte y lugar era cerca de los dichos ríos, adonde había mucho pescado y cedros y sabinos y otros diferentes árboles para hacer madera para las casas y muy buena tierra para hacer adobes, y asimismo había piedras cerca del dicho sitio para las dichas casas y para poder hacer cal, y las tierras eran fértiles e se podría sacar el río para riegos y para hacer molinos, y que la dicha población se levante para la defensa y pacificación de los dichos indios rebeldes. Lo cual todo visto por Mí, por la presente doy licencia y facultad para que en la dicha parte y lugar se funde la dicha villa y se pueble de españoles conforme a la traza que el dicho Alcalde dejó hecha, y dicha villa se llame e intitule la villa de Nuestra Señora de la Concepción de Zalaya, e los vecinos que en ella asentaren y vivieren, llevando a treinta hombres casados, puedan juntarse y señalar cabildo y parte donde se junten, desde el día de año nuevo en adelante, habiendo oído una misa del Espíritu Santo, elegir y nombrar cuatro Regidores, los cuales después de nombrados y elegidos, nombren y elijan dos Alcaldes ordinarios, de los más viejos y honrados que entre ellos hubiere, los cuales conozcan de las causas civiles y criminales en la dicha villa y cuatro leguas señalo por jurisdicción a la dicha villa, y sin perjuicio de tercero haciendo a las partes justicia, con que en los casos criminales no puedan proceder pena de muerte, ni efusión de sangre, ni mutilación de miembro, sino que en estos casos hagan los procesos a buen recaudo de los Alcaldes de la dicha Corte y Chancillería para que hagan justicia; y no han de tener jurisdicción sobre indios ningunos porque todo ha de ser a la jurisdicción del Alcalde Mayor que se pusiere para la dicha villa, el cual ha de ver de los tales indios y conocer en prevención con los dichos Alcaldes de las causas criminales y en apelación de ellos de las civiles; y los dichos Alcaldes infragantes puedan prender a los dichos indios escribir información, y sin proceder más adelante, remitir las causas al Alcalde Mayor; el cual y los dichos Alcaldes y regidores ante escribano de su cabildo señalen a cada vecino dos caballerías de tierra y una suerte para huerta y otra para viña y un solar para hacer sus casas, obligándose ante todas cosas a pena de perder dichas tierras huertas y solar, de lo cual en constando de ausencia por cuatro meses sin tener licencia, se pueda hacer merced de ello a otra persona que allí viva y resida, y señalando con las dichas obligaciones lo envíen ante Mí, para que en nombre de Su Majestad haga merced de lo que ansí se les señalare; la cual dicha elección de Alcaldes y Regidores hagan cada un año, el día de año nuevo según dicho es, eligiendo los regidores que salieren, a los regidores que hubieren de hacer el año siguiente, y los ansí electos, elijan luego alcaldes por el tal año, y esta orden se guarde en el entre tanto que sobre el caso otra cosa se proveiere y mandare, y los tales electos usen desde luego de los oficios con que dentro de treinta días siguientes lleven confirmación mía. Y así mismo puedan elegir un alguacil ejecutor que entienda en la ejecución de la justicia, y los que fueren un año elegidos, no lo puedan ser el año siguiente; y en las tales elecciones salgan electos los que tuvieren más votos, e habiendo votos iguales, vote al Alcalde Mayor si estuviere en la dicha villa, y no lo estando el alcalde que fuere primero electo y nombrado conforme a la dicha traza que el dicho alcalde dejó dada; se comiensen a asentar y medir las dichas tierras por la banda que dicen de Chamacuero, y de presente a los primeros seis pobladores, se les señalen las dichas tierras como baja de las caballerías que dizque tiene un Arteaga hasta dar en el sitio linde con el río de San Miguel y con las labores que agora allí están, de manera que las suertes lleguen todas a desaguar al río asia el poniente, e si faltare suertes se den desde el dicho sitio de la villa el río abajo a la banda del norte, y de la otra banda del río al sur señalen una legua de tierra, y linde con el río de un cuarto de legua de ancho para dehesas y ejidos de la dicha villa y para potrero, el cual han de cercar, y para desaguar una isla que se ha de hacer entre los dos ríos y la acequia que ha de venir del río de Apaseo al de San Miguel, y las suertes en unas vegas que hay de la villa para abajo linde con el río y todo después de hecho y señalado se me invíe para que lo apruebe y confirme; y mando que la dicha villa tenga y se le guarde todas las exenciones, preeminencias y libertades, que las demás villas de este reino y de los demás reinos de Su Majestad, por ser villas que a él pertenecen y se les deben guardar de todo bien y cumplidamente sin que falte cosa alguna, y mando a todas las justicias de Su Majestad que en la población y asiento de dicha villa, no pongan ni consientan poner embargo ni contradicción alguna, antes den para ello todo el favor y ayuda que fuere necesario, con que ante todas las cosas los dichos vecinos que en ella hubieren de asentar y poblar y quien el poder de los que lo pretenden hubiere, nombren una persona, y el dicho Gaspar Salvago otra, los cuales aprecien el valor del dicho sitio de estancia donde como dicho es, se ha de asentar y poblar la dicha villa; reservando en mí nombrar tercero, no se conformando ellos, e lo que ellos juntos, u el uno de ellos no se confirmando con el tercero, apreciando qué vale, sean obligados los dichos vecinos a lo pagar luego a dicho Gaspar Salvago, dando para ello luego y antes que se pueble, fianzas y seguridad bastante. Y mando a los labradores y personas que tienen labranzas dentro de las dichas cuatro leguas que se da de jurisdicción a la dicha villa, que se junten en ella a vivir y residir y hacer sus casas y asiento, dentro de un año primero siguiente, so pena de perdimiento de las tierras y labranza que en el dicho término tuvieren.—Fecho en México a doce días del mes de Octubre de mil quinientos setenta.—Don Martín Enríquez.—Por mandado de su Excelencia: Juan de Cueva."
Es importante mencionar que en el documento original del ordenamiento, las palabras Celaya, Zalaya o Selaya no son las empleadas, sino la de "Selaia", ya que en vasco no se empleas la "y".
Selaya es un apellido de origen vasco que deriva de la palabra Zelaia, que significa "el campo", "la campa" o "el prado". Selaya es una variante de Zelaia, que proviene de la provincia de Vizcaya, País Vasco.
Por otro lado, la palabra "sel" es un término de origen prerromano céltico o latino que se refiere a un lugar limpio y abrigado, rodeado de piedras grandes, donde se recoge al ganado por la noche
El río San Miguel es el actual río Laja, Chamacuero es el actual Comonfort y el trazo del río Apaseo -también conocido como río Querétaro- fue modificado en su trayectoria a finales del siglo XX, por la rectificación que se hizo con maquinaria del trazo del río y llevarlo a descargar sus aguas en el punto donde se encuentran el puente del ferrocarril y el actual río Laja, debido a las inundaciones que se presentaban en zonas de cultivo en la temporada de lluvias. El citado río atravesaba el sector de campo de lo que hoy es el entronque de la carretera libre a Querétaro y el libramiento suroriente, que conecta la carretera Celaya-Salvatierra y la Panamericana, la 45.
¿Quién era el Virrey Martín Enríquez de Almansa?
Martín Enríquez de Almansa y Ulloa, nacido en Alcañices o Toro, entre 1508-1511 y fallecido en Lima, Perú el 12 de marzo de 1583, fue un político y militar español, IV virrey de Nueva España (1568-1580) y VI virrey del Perú (1581-1583).
No se conoce ni el lugar ni la fecha de nacimiento, aunque probablemente nació en Alcañices donde sus parientes más cercanos están enterrados, o en Toro. De sangre real, fue el tercer hijo de Francisco Enríquez de Almansa, I marqués de Alcañices y señor de la villa de Almanza, el cual era bisnieto paterno del infante Fadrique Alfonso de Castilla, quien a su vez era hijo del rey Alfonso XI. Su madre fue Isabel de Ulloa y Castilla, también parte de la familia real española por parte materna. Su padre creó el mayorazgo de Valderrábano el 19 de febrero de 1540. Su hermano mayor heredó el marquesado de Alcañices.
En 1568 el rey de España Felipe II convocó en Madrid a una Junta Magna de los miembros del Consejo de Indias, del Consejo de Castilla, entre otros magistrados y políticos, con el fin de tomar innovadoras medidas con respecto a la administración de los dominios de América, asunto que había sido postergado por la corona. Felipe II, hasta entonces absorbido por los problemas europeos, volcó de pronto su interés en sus colonias ultramarinas, con el fin de reforzar en ellas su poder. En dicha Junta se acordó la elección de Francisco Álvarez de Toledo como virrey del Perú y la de Martín Enríquez de Almansa como virrey de la Nueva España.
Inicia como Virrey de la Nueva España
El gobierno de Martín Enríquez de Almansa en la Nueva España se inició el 5 de noviembre de 1568 y culminó doce años después, antes de ser promovido al virreinato del Perú. Diversos autores concuerdan en que esta larga administración fue hábil y benéfica. En un libro publicado en 1983, Antonio F. García-Abasolo ha estudiado los aspectos principales de este gobierno, basándose en abundante documentación (Martín Enríquez y la reforma de 1568 en Nueva España, Sevilla).
La primera acción que hizo Enríquez de Almansa al llegar al puerto de Veracruz fue desalojar un puesto de piratería que habían establecido los ingleses en la Isla de Sacrificios, desde donde atacaban a los barcos que entraban o salían de la bahía. Los españoles ganaron la batalla de San Juan de Ulúa y entre los piratas o corsarios que fugaron derrotados estaban los famosos Francis Drake y John Hawkins.
Poco después, ya instalado en la capital, tuvo que enfrentar el conflicto de intereses entablado entre los frailes franciscanos y el clero secular, pretendiendo los unos que se volviese a su convento la procesión que por costumbre antigua conducían aquellos a la Iglesia de Santa María la Redonda.
Las palabras no pudieron satisfacer a los contendientes, que en medio de la procesión y turbando la solemnidad de la fiesta religiosa, apelaron a la vía de los hechos, tomando parte en favor de los frailes la numerosa población de indios de aquel barrio que dejó harto mal parados a sus contrarios, hiriendo y matando a algunos con la nube de piedras que sobre ellos descargaron. Se evitaron mayores consecuencias por la prudente conducta del virrey, que a fuerza de medidas conciliatorias logró calmar los irritados ánimos.
En 1570 el virrey organizó una campaña militar contra los guachichiles, indios chichimecas que amenazaban los centros mineros de Querétaro, a consecuencia de la cual fundó en Zacatecas los presidios de Ojuelos y Portezuelos y en Guanajuato el de San Felipe. Se incluye aquí, a Celaya como un punto de paso hacia todos estos lugares.
Bajo su gestión, se creó formalmente el Tribunal del Santo Oficio o la Inquisición, llegando en 1571 el primer inquisidor Pedro Moya de Contreras. En 1574 se efectuó el primer auto de fe en Ciudad de México, en el que se castigaron a 63 penitentes.
También ingresaron nuevas órdenes religiosas, como las de los Hospitalarios de San Hipólito y la Compañía de Jesús en 1572. Los hospitalarios levantaron el Hospital de San Hipólito, y los jesuitas abrieron el Colegio de Pátzcuaro, en 1574.
Tuvo un serio incidente con el comisario de los franciscanos Francisco Rivera. Este, molesto porque el Virrey no le había concedido una audiencia luego de larga espera, lo zahirió en una prédica que dio en la catedral. Celoso de su autoridad, el virrey logró que se ordenara al comisario volver a España. Para eludir dicha pena, el comisario reunió a todos sus frailes y, entonando los salmos sagrados, tomaron camino a Veracruz, conmoviendo a la supersticiosa población indígena, a tal punto que el virrey, temeroso de una revuelta, tuvo que cejar y escribir a Rivera en términos comedidos, suplicándole que volviese a obtener la justicia que reclamaba.
En 1573 se fundó el Convento de religiosas de Balvanera con el título de Jesús de la Penitencia y el Colegio de Santa María de Todos los Santos, que en 1700 fue declarado colegio mayor. También se comenzó la edificación de la magnífica Catedral de México y un año después las construcciones del Convento de la Merced. En 1575 se fundó la Parroquia de San Pablo y en el siguiente año el Santuario de Nuestra Señora de los Remedios, lugar este último que tenía la ermita fundada en recuerdo de la Noche Triste. Por último, en 1579 se fundó el Convento de religiosas de Santa Clara.
Se fundó la villa de Celaya, en 1571, por obra de vizcaínos (su nombre deriva de Celaya, apellido vasco), y la villa de San Felipe, en los despoblados de San Luis de Potosí.
En 1576, funda la Villa de León, lo que hoy es León, Guanajuato. Estalló una epidemia de viruela que mató a millares de indígenas, hecho que motivó que el virrey ordenara que se establecieran hospitales para la atención de los enfermos, declarando además que los afectados quedaran exentos del tributo.
Comisionó a los indios la construcción de obras defensivas destinadas a evitar las constantes inundaciones provocadas por el desborde de los ríos del valle de México durante la época de las lluvias.
Es nombrado Virrey de Perú
Quebrantada su salud por un largo mandato de más de una década, solicitó al rey Felipe II que lo relevara del cargo. Pero el monarca, queriendo aprovechar su experiencia en el manejo de los asuntos indianos, lo promovió el 26 de mayo de 1580 a los oficios de virrey, gobernador y capitán general del Perú y presidente de la audiencia de Lima. Debía sustituir en el mando al enérgico y exitoso Francisco Álvarez de Toledo, el organizador del virreinato peruano.
Ya achacoso, Enríquez se embarcó en el puerto de Acapulco el 9 de diciembre de 1580 y tras 85 días de viaje arribó al Callao, donde desembarcó el 4 de mayo del año siguiente. Luego entró a Lima bajo palio, tomando oficialmente posesión de su gobierno el 15 de mayo de 1581. En las cartas escritas por el virrey tras su instalación en el Perú puede descubrirse alguna traza de envidia o enfado por el sello demasiado personalista que su antecesor había impreso a las tareas administrativas. Durante su corta administración se lo conocía en Lima como el Gotoso por la gota que padecía.
Obras y otros sucesos importantes
Una de las primeras medidas que acordó, contradiciendo el parecer de su antecesor, fue la reapertura del Colegio de la Compañía de Jesús, donde los vecinos de Lima enviaban a educarse a sus hijos. Empero, este Colegio no recibía a estudiantes foráneos y vista esta carencia, el virrey permitió a los jesuitas instituir el Colegio Real y Mayor de San Martín (11 de agosto de 1582), a fin de recibir a los muchachos de origen provinciano que venían a la capital para seguir estudios universitarios. Su primer rector fue el padre Pablo José de Arriaga.
En 1581 creó el corregimiento de Huancavelica y nombró a Juan Maldonado de Buendía como su primera autoridad.
En lo que respecta al real patronato, fundó en la Universidad de San Marcos una cátedra de quechua a la que ordenó asistieran los sacerdotes vinculados a la prédica entre los indígenas.
Puso en marcha un sistema de correo de postas, utilizando corredores o chasquis, similares a los de la época incaica. La diferencia, sin embargo, consistía en su institucionalización como servicio permanente. Su fin era regularizar la comunicación postal entre Lima y el rico asiento de Potosí. Para garantizar su mantenimiento entregó su administración a un concierto de empresarios que asumieron las funciones de correo mayor.
Mejoró el servicio de la mita que hacían los indios en las minas de Potosí y Huancavelica. Remitió a España un total de 1.280.879 pesos en metales finos.
Una flota partió de España para vigilar el paso del Estrecho de Magallanes, donde años atrás había cruzado el corsario inglés Francis Drake para asolar las costas de Chile y Perú. Una sección de esta flota, bajo el mando de Pedro Sarmiento de Gamboa llegó a la boca del estrecho en febrero de 1584. Sarmiento fundó dos poblaciones para su defensa, Ciudad del Nombre de Jesús y Ciudad del Rey Felipe, que no tuvieron permanencia.
Acató una orden dada por la Corona en 1580, de construir cuatro galeones para aumentar la Armada del Sur compuesta apenas por un barco y un bergantín. Pero el virrey alegó ante las autoridades metropolitanas que la escasez de oficiales carpinteros de ribera y madera hacían imposible la conclusión de dicha empresa. Su recomendación fue que dichas naves se hicieran en Filipinas, islas colonizadas desde el virreinato de la Nueva España, con el que mantenía una constante relación. Pero el rey insistió en que se alistasen algunos navíos, en vista de la guerra que se veía venir contra Inglaterra, a lo que respondió el virrey que haría todo lo posible. En definitiva, poco se pudo hacer en lo concerniente a la defensa de las costas.
Durante su mandato llegó una real cédula que prohibía la producción en el Perú de vino, aceite, seda, papel y paños, en el marco del proteccionismo implementado por la Corona, que no quería que las industrias de sus colonias hicieran la competencia a las de la península.
Empezó a intensificarse el comercio con las Filipinas, y a través de este archipiélago, con China. En 1581 arribó al Callao un navío enviado desde Filipinas, con un cargamento de porcelana, hierro, especias, seda, cera y otros objetos procedentes del Lejano Oriente, que se vendían a precios más baratos que los productos importados de Europa. Pero el mismo virrey, temeroso del aumento del contrabando, prohibió luego este comercio transpacífico y, en coordinación con el virrey de Nueva España, lo limitó al puerto de Acapulco.
En este tiempo ocurrió la entrada en Lima de su segundo arzobispo, Toribio Alfonso de Mogrovejo, el 11 de mayo de 1581, quien convocó un Concilio de la provincia eclesiástica de Lima o III Concilio limense, inaugurado el 15 de agosto de 1582. En esta reunión eclesiástica participaron los obispos sufragáneos de Quito, Cuzco, Charcas, Paraguay, Tucumán, Santiago de Chile y La Imperial, al lado de notables teólogos como José de Acosta y Pablo José de Arriaga y se establecieron las bases para la tarea evangelizadora en el resto del virreinato.
Al virrey le tocó presidir el tercer auto de fe celebrado por la Inquisición de Lima (29 de octubre de 1581), durante el cual fue quemado un luterano flamenco llamado Juan Bernal, y se impusieron penas menores a otras veinte personas.
Durante su período se organizaron dos entradas a la selva: la de Agustín de Ahumada al Dorado en 1583 y la de Francisco de Hinojosa a los Moxos, con malos resultados. Por el contrario, en la región del Río de la Plata, la expedición de Hernando de Lerma fundó la ciudad de Salta de los Calchaquíes (hoy Ciudad de Salta, en Argentina).
Con respecto a catástrofes naturales, en Arequipa ocurrió un terremoto el día 22 de enero de 1582, que además de arruinar la infraestructura de la ciudad provocó algunas muertes de personas. Meses después y en ese mismo año se sintió un fuerte temblor en Lima, durante la celebración del Concilio Provincial.
El Calendario Gregoriano empezó a regir desde el 15 de octubre de 1582.
Muere El Virrey Enríquez y es exaltado por Santo Toribio de Mogrovejo
Afectado por una apoplejía y parálisis muscular, el virrey falleció en Lima el 12 de marzo de 1583, cuando aún no había completado dos años en el gobierno. Durante sus exequias pontificó el obispo de Santiago de Chile, don Fray Diego de Medellín y pronunció la oración fúnebre el de La Imperial, don Fray Antonio de San Miguel (ambos entonces en Lima con motivo del Concilio provincial). En cumplimiento de su codicilo o disposición de última voluntad, donde nombraba como albaceas a los oidores de la audiencia limeña, su cadáver fue depositado en el Convento de San Francisco de esta ciudad. El arzobispo Mogrovejo (después elevado a los altares como Santo Toribio de Mogrovejo) puso el siguiente epitafio sobre su tumba:
«Hoy (12 de marzo) murió el Virrey, de que ha tenido esta ciudad grande sentimiento y por su salud se hizo procesión general, fuera de otras muchas particulares que se hacían cada día y mañana se hará el entierro con mucha solemnidad, donde irá el Concilio y todas las Órdenes. Ha perdido esta tierra mucho en faltarle tal persona, por la mucha cristiandad y buen celo que tenía de acertar a servir a Nuestro Señor y favorecer las cosas de la Iglesia y socorrer las necesidades de los pobres, a que acudía con muchas veras. Nuestro Señor lo tenga en el cielo».
El poder fue asumido interinamente por la Audiencia presidida por el oidor Cristóbal Ramírez de Cartagena. En la corte de Madrid, la noticia de la muerte del virrey fue recibida con tristeza y preocupación tal como se percibe de lo dicho por el secretario Andrés de Eraso al rey: “Vuestra Majestad ha perdido en el virrey don Martín Enríquez un gran ministro y celoso del servicio de Nuestro Señor y de Vuestra Majestad”.
El historiador peruano Rubén Vargas Ugarte ha escrito sobre este virrey lo siguiente:
"… Enríquez había sido un hombre probo e íntegro y un leal servidor de Dios y del Rey. A haber venido con menos años al Perú y no haberle precedido un gobernante de la visión y dinamismo de Toledo, hubiera sido uno de nuestros mejores Virreyes. Pero a ello vino a añadirse la brevedad de su período de mando. En tan escaso espacio de tiempo era imposible que realizara grandes cosas. Dedicóse, puede decirse, a mantener la situación existente, cosa que, por otra parte, veremos repetida en muchos de sus sucesores, aunque no tuvieran sobre sí el peso de los años."
Su familia y descendencia
Martín Enríquez de Almanza, en su juventud |
-Casado con María Manrique de Castilla, hija de Juan Fernández Manrique de Lara, III marqués de Aguilar de Campoo y V conde de Castañeda, tuvo los siguientes hijos:
-Francisco Enríquez de Almansa y Manrique, I marqués de Valderrábano.
-Enrique Enríquez, agustino, obispo de Osma y Plasencia.
-Juan Enríquez, sacerdote.
-Isabel Enríquez de Almansa y Manrique, madre del primer conde de Fuentidueña. /DATOS: Historia de la Ciudad de Celaya, de Don Luis Velasco y Mendoza. Tomo I. Apéndice. Páginas 233-238. Año 1947. Segunda Edición: 2007 /FOTOS: Wikipedia /DATOS: Historia de la Ciudad de Celaya, de Don Luis Velasco y Mendoza. Tomo I. Apéndice. Páginas 233-238. Año 1947. Segunda Edición: 2007 /FOTOS: Archivo
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