DIF Estatal Garantiza Asistencia Social con Perspectiva de Derechos Humanos, Género y Familia.
Guanajuato, Gto; 04 febrero del 2024.- El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), garantiza que la asistencia social que se brinda a las y los guanajuatenses en situación vulnerable, sea de calidad y con perspectiva de derechos humanos, género y familia.
A partir del 4 de enero, se publicó la nueva legislación de la Ley de Asistencia Social y Fortalecimiento Familiar para el Estado de Guanajuato, en el que crea y organiza jurídicamente al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guanajuato
La antigua legislación estatal en materia de asistencia social, obedecía a un modelo normativo que fue superado hace casi 20 años; lo que generaba algunos problemas de la hoy derogada Ley, como es la ausencia de principios, reglas y procedimientos que garanticen que la asistencia social, y componente de los derechos a la salud, a la seguridad social y derechos humanos.
De esta manera, la nueva Ley transforma el sistema de asistencia social para garantizar los beneficios a las familias de Guanajuato. Con ello, busca dignificarla, para erradicar la estigmatización, además de incorporar los principios en la intervención asistenciales y los principios de dignidad humana.
Asimismo, se fortalece a las familias con competencias, habilidades y recursos a efecto de potenciarlas; para ello, se incorporan principios como la planificación, subsidiariedad, temporalidad y fortalezas para evitar brindar apoyo o asistencia a la misma familia y puede resolver con sus recursos, tanto materiales como psicosociales o por más tiempo del necesario.
Además, de mantener un enfoque de derechos humanos, de género y de familia, así como, se presta la asistencia social no puede ser discrecional ni con un enfoque en la caridad, sino que está sujeta a un conjunto de principios y reglas establecidas por el marco jurídico en materia de derechos humanos y por las ciencias del desarrollo humano.
Con ello, garantizamos que llegue a quién más lo necesita, particularmente dar prioridad a las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, las personas adultas mayores en situación de desamparo, las personas con discapacidad en situación de pobreza o vulnerabilidad y las familias de estrés múltiple.
También, en el aspecto de necesidades psicológicas, emocionales y sociales que son fundamentales para la vida familiar, para la crianza de niñas, niños y adolescentes, para el cuidado, y no solamente de las materiales o instrumentales a las que suele recidir a la asistencia social.
Adicionalmente, la nueva ley mejora algunos aspectos de carácter orgánico del sistema estatal de asistencia social como: se sistematizan y amplían las atribuciones del DIF Estatal, se compacta su junta de gobierno (pasando de trece a cinco integrantes) y se redistribuyen las atribuciones del órgano de gobierno y de la dirección genera.
Finalmente, se reguló la función de los DIF Municipales, su coordinación con DIF Estatal, su adscripción y naturaleza, así como lo relativo a la colaboración técnica y administrativa.
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